Sistemas de organización de contingencias

 

En este apartado veremos la técnica de economía de fichas y los contratos de contingencias.


Economía de fichas
Esta técnica tiene el objetivo de eliminar conductas inapropiadas y fomentar las conductas adecuadas. Es muy frecuente aplicarla en ambientes institucionalizados como escuelas, psiquiátricos o prisiones. Tiene una fase de implantación, en la que se deciden los siguientes temas:
•    Identificación de las conductas objetivo.
•    Elección del tipo de fichas.
•    Selección de los reforzadores de apoyo.
•    Establecimiento de las condiciones de canje.
•    Sistemas de penalización.
•    Registro para contabilizar las fichas.
Y posteriormente tiene otra fase de desvanecimiento, que puede tomar diversas variantes:
•    Aumentar el tiempo entre las entregas de las fichas.
•    Incrementar el criterio para el canje.
•    Reducir el número de fichas ganadas por una conducta.
•    Aumentar el número de fichas necesarias para la obtención de un reforzador.

Esta técnica suele funcionar muy bien para regular los refuerzos que reciben los niños. Para obtener un premio (juguete, salida a parque temático, excursión, etc...) deberá efectuar una serie de conductas deseadas (o dejar de hacer otras) que deben concretarse (portarse bien, obedecer, estudiar, ordenar sus cosas, etc...).

Tras efectuar esta conducta se le dará inmediatamente un reforzador (puntos, fichas...) que el niño ira recogiendo hasta llegar a una determinada cantidad, momento en el que se le entregará el premio final. También se pueden pactar pequeños premios inmediatos para ciertas conductas deseadas al tiempo que se acumulan puntos para el premio mayor (refuerzo demorado). Lo importante es conseguir que el niño se dé cuenta que obtiene mayores beneficios y privilegios actuando de forma correcta.

Algunos puntos claves para el buen funcionamiento:

  • Dichos premios deben estar pactados de antemano, ser claros y atractivos para el niño. Busque realmente cosas que le gusten (no sirve pretender que se gane algo que necesita, por ejemplo, unos nuevos lápices para el colegio).
  • Asegúrese de que al principio puede ganarlos más fácilmente para motivarle. La entrega de estos premios debe ir acompañada de un halago sincero "estoy muy contento", "lo haces muy bien...." y, evidentemente, nunca deben ir acompañados de verbalizaciones negativas del tipo "a ver cuánto dura..." Cuanto más pequeño sea el niño o más inquieto, más cortos deben ser los períodos en los que se evalúa la conducta (no funcionará prometerle algo si aprueba el curso dentro de tres meses).
  • En el caso de niños hiperactivos tenga en cuenta que hay especial dificultad para posponer las cosas. En todos estos casos, si se entrega una ficha como reforzador, ésta podrá ser intercambiada (al menos al principio) inmediatamente por algún objeto de su deseo (pequeño juguete, golosinas, etc...). Deberá procederse de igual modo con niños que presenten discapacidad intelectual.
  • Es importante que se cree una lista o cartel donde se puedan visualizar el estado de los puntos obtenidos y los que le faltan para llegar al premio, cuando éste se demora según el plan establecido. En caso de la aparición de mala conducta puede también utilizarse la retirada de alguno de los puntos (coste de la respuesta).
  • Sea constante en la aplicación de ésta técnica y no se deje llevar por la frustración en el primer contratiempo. Se necesita tiempo para cambiar hábitos mal adquiridos y no hay soluciones mágicas al respecto.
  • Recuerde que cuando dé instrucciones a su hijo, debe hacerlo de forma clara y concreta, sin contradicciones y de forma que sean comprensibles para su edad. Procure no hacerlo acompañado de contacto físico instigador (la utilización de la instigación ha demostrado ser un gran potenciador del incumplimiento).

-Estas técnicas suelen ser muy efectivas para el control de las conductas tanto en el ámbito familiar como en el escolar. No se trata de que el niño aprenda a funcionar siempre a base de premios sino de darle, al principio, motivos para iniciar un cambio en sus conductas. Lo que se espera en el futuro es que las conductas adecuadas se mantengan no por los premios sino por lo que llamamos "reforzadores naturales". Por ejemplo, un niño puede empezar a no efectuar determinadas conductas disruptivas por ganarse el premio, pero este cambio de comportamiento puede hacer que funcione mejor con sus amigos y esto convertirse a medio plazo en un reforzador más potente que el premio inicial. Las conductas pasan a ser controladas por las consecuencias positivas que se generan en su entorno.


Contratos de Contingencias

Lo mismo que en el caso de la economía de fichas, se trataría de controlar las consecuencias de las conductas, a fin de que no se produzcan refuerzos inadecuados para conductas incorrectas, o falta de refuerzo para las deseadas.

El contrato de contingencias es un documento escrito que explicita las acciones que una persona (contrato unilateral) o varias personas (contrato multilateral) están de acuerdo en realizar, y establece las consecuencias del cumplimiento o no cumplimiento de tal acuerdo.

La mayoría de nuestras conductas están reguladas por contratos.

El problema se presenta en los casos en los que no está claro qué consecuencias se derivarán para la persona, por no cumplir un contrato. Es decir, cuando existe un cierto contrato "implícito", pero no están explicitadas claramente, ni las conductas a realizar ni sus consecuencias.

Es posible que esta falta de precisión explícita, permita que una persona desarrolle conductas poco adaptativas a su medio (llegar todos los días tarde a casa).

Los contratos son especialmente útiles para personas con escasa capacidad de autorreforzamiento.

En un contrato deben especificarse:

  • La conducta o conductas que se espera que emita cada una de las personas implicadas.
  • Las consecuencias que obtendrán caso de realizar esas conductas.
  • Las consecuencias que obtendrán caso de no realizar esas conductas.

Eventualmente, pueden incluirse dos elementos más:

  • Una cláusula de bonificación por largos periodos de cumplimiento.
  • Un sistema de registro que permita controlar las conductas emitidas y los reforzamientos recibidos.

 

CONDICIONES GENERALES QUE DEBE REUNIR UN CONTRATO
1.    Debe incluir un enunciado detallado de la conducta o conductas específicas que se desean modificar o controlar.
2.    Deben establecerse criterios sobre la frecuencia de las conductas especificadas y el límite de tiempo en que deben llevarse a cabo, para cumplir los objetivos del contrato.
3.    Deben especificarse las contingencias que se derivarán caso de llevar a cabo las conductas señaladas como objetivo.
4.    Deben especificarse las contingencias que se derivarán caso de no llevarse a cabo las conductas objetivo, bien por fallos en la frecuencia, en la intensidad y en el tiempo.
5.    Conviene incluir bonificaciones adicionales si la(s) persona(s) implicada(s) exceden los requisitos mínimos del programa, a fin de que sea más ventajoso procurar las mejores realizaciones posibles.
6.    Deben especificarse cómo van a ser observadas y medidas las conductas para establecer si se cumplen o no los criterios establecidos (Ha de hacerse sobre conductas observables y medibles).
7.    Las contingencias especificadas, tanto las positivas como las negativas, deben seguir con la mayor rapidez posible a la emisión o no emisión de las conductas, especialmente en los primeros momentos de vigencia. Posteriormente, es posible establecer una demora mayor.
8.    Los contratos iniciales deben buscar y recompensar pequeñas aproximaciones al rendimiento deseado: Se deben maximizar las posibilidades de éxito del contrato inicial, de modo que ambas partes se animen a intensificar sus exigencias en contratos futuros.
9.    Como en todas las técnicas operantes, los contratos conductuales deben hacer especial hincapié en las consecuencias positivas, frente a las negativas.
10.    Conviene que, en los primeros momentos, el contrato provea de consecuencias más positivas a la persona implicada que las que obtendría al no implicarse.
11.    Las condiciones del contrato deben establecerse por acuerdo entre las distintas partes implicadas.
12.    El contrato se debe plasmar físicamente. Se debe establecer por escrito y las personas implicadas deben firmarlo.